marzo 25, 2026

Ciudad De México, 25 de marzo de 2026.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la constitucionalidad de la reforma que reserva exclusivamente al Estado mexicano la exploración y explotación del litio. La resolución, emitida el 24 de marzo de 2026, respondió a la acción de inconstitucionalidad 78/2022 promovida por una minoría de senadores de oposición, quienes cuestionaron la validez de los cambios legislativos realizados en 2022.

La ministra Sara Irene Herrerías Guerra actuó como ponente del proyecto que fue aprobado por el alto tribunal. En su análisis, la Corte concluyó que los artículos 1, 5 bis y 10 de la Ley Minera, modificados para establecer el monopolio estatal sobre este recurso estratégico, se ajustan a la Constitución. El tribunal determinó que la norma no viola derechos fundamentales ni competencias legislativas.

Un punto central de la discusión fue la exigencia de realizar una consulta previa a pueblos indígenas y afro Mexicanos antes de la aprobación de la ley. La SCJN estableció que no era requerida dicha consulta, bajo el argumento de que se trata de una norma de carácter general que no tiene un impacto directo e inmediato sobre las comunidades, por lo que no activa la obligación constitucional de consultación en este caso específico.

Con esta decisión, se blindan jurídicamente las disposiciones que impiden la participación de privados en la cadena productiva del litio en México. La sentencia pone fin al debate judicial iniciado hace casi cuatro años respecto a la propiedad y gestión de este mineral, considerado clave para la transición energética global.

La resolución del pleno consolida el marco legal que permite al Ejecutivo federal avanzar en la creación de la empresa pública encargada de la extracción y comercialización del litio, sin la interferencia de concesiones a terceros. El fallo representa un precedente importante en la interpretación de los recursos estratégicos bajo la rectoría del Estado.

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