julio 3, 2026
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Ciudad De México, 03 de julio de 2026.- El Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS) emitió una norma definitiva que establece la obligatoriedad permanente del registro y toma de huellas dactilares para ciertos extranjeros dentro de su territorio. La nueva regulación adopta formalmente la regla interina aplicada desde el 11 de abril de 2025 e introduce el formulario G-325R como la herramienta de recopilación de datos.

La disposición, que encuentra fundamento legal en la Sección 262 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), responde a la orden ejecutiva firmada el 20 de enero de 2025 por el presidente Donald Trump, titulada ‘Proteger al pueblo estadounidense contra la invasión’. Las proyecciones oficiales estiman que entre 2.2 y 3.2 millones de personas entran en este universo de obligatoriedad.

La regla está enfocada en extranjeros que carecen de un historial de control federal. Específicamente, abarca a los extranjeros mayores de 14 años sin registros previos ante las agencias federales que permanezcan en el país por 30 días o más. Dentro de los perfiles sujetos al trámite se encuentran personas que ingresaron sin inspección formal, ciudadanos canadienses exentos de visa que ingresaron vía terrestre sin el formulario I-94 y menores que cumplan 14 años durante su estancia.

Quedan exentas de realizar esta inscripción las personas con estatus migratorio previo comprobable. Los residentes permanentes legales, los titulares de visas con formulario I-94 vigente, los beneficiarios de Documentos de Autorización de Empleo (EAD) y los solicitantes de residencia en trámite con datos biométricos ya procesados no requieren realizar ninguna acción adicional.

El proceso de registro se realiza mediante la plataforma digital oficial del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) y es libre de costos. Consiste en la creación de una cuenta en el portal de la institución, el llenado de los datos biográficos en el formulario G-325R y la posterior asistencia a una cita de toma de huellas dactilares y fotografía.

Completar el proceso obliga al extranjero mayor de 18 años a portar el comprobante emitido en todo momento, de acuerdo con la Sección 264 de la INA, así como a reportar cualquier cambio de domicilio en un margen de 10 días mediante el formato AR-11. El DHS puntualizó que el registro biométrico no otorga beneficios migratorios, residencia legal ni protección contra la deportación, ya que su único fin consiste en alimentar las bases de datos para verificación de antecedentes y seguridad nacional.

El periodo para recibir comentarios públicos sobre ajustes a la regulación cierra el 28 de agosto de 2026.

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