marzo 21, 2026
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Por Redacción

Ciudad De México, 21 de marzo de 2026.- A un año de la extinción del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), ocurrida el 20 de marzo de 2025, los datos revelan una caída superior al 88% en la capacidad de respuesta del nuevo órgano garante, Transparencia para el Pueblo, mientras surge un conflicto sobre la opacidad de contratos de seguridad en el Instituto Nacional Electoral (INE). Desde su inicio de operaciones en junio de 2025, la nueva entidad ha resuelto 5,921 recursos de revisión, una cifra drásticamente inferior a los 53,233 casos atendidos por el INAI durante todo 2024.

La reducción en la productividad del sistema de transparencia es evidente al comparar los periodos correspondientes: entre enero y marzo de 2025, cuando el INAI aún funcionaba, se resolvieron más de 8,000 recursos, superando el total anual acumulado por su sucesor hasta la fecha. Ante este escenario, Julieta del Río, excomisionada del extinto instituto, señaló que no existe manera de evaluar el desempeño del nuevo órgano de rendición de cuentas debido a la falta de datos públicos sobre su operación, lo que dificulta medir su eficacia real frente a las demandas ciudadanas.

En paralelo a la crisis de capacidad resolutiva, se ha generado una contradicción institucional respecto a la transparencia de un contrato de videovigilancia del INE. El medio La Silla Rota interpuso un recurso de revisión para acceder a la información del contrato INE/050/2025, el cual contempla la instalación de más de 300 cámaras en ocho edificios y 32 juntas locales. El INE argumentó que dichos datos debían reservarse por cinco años bajo la clasificación de seguridad nacional, alegando que su equipo de seguridad no se había actualizado desde 2008 y que la revelación pondría en riesgo a su personal ante la violencia actual.

Sin embargo, el Órgano Interno de Control (OIC) revocó la reserva de información determinada por el instituto electoral. En su dictamen, el OIC estableció que el contrato no revela aspectos técnicos ni detalles de infraestructura que puedan poner en riesgo la seguridad nacional, ni la vida, seguridad o salud de persona física alguna, desmontando así la justificación de opacidad presentada inicialmente por el INE. Esta decisión marca un precedente sobre los límites de la clasificación de información sensible en el nuevo esquema de transparencia.

El contexto de esta disputa se da en medio de la reestructuración del sistema de transparencia mexicano, donde el INAI fue eliminado mediante reformas a la Ley Federal de Transparencia y reemplazado por Transparencia para el Pueblo. A pesar de que el INAI recibió un millón de solicitudes de información solo en 2024, las cifras actuales indican un cuello de botella significativo en el tratamiento de los recursos de revisión, lo que ha generado cuestionamientos sobre el cumplimiento efectivo del derecho de acceso a la información en el país.

La situación deja al descubierto tensiones entre los órganos del Estado respecto a qué información debe ser pública y bajo qué criterios de seguridad, así como la urgencia de clarificar el desempeño operativo de la nueva entidad garante. Mientras no se especifiquen los costos detallados del contrato con la empresa Verkada ni la parte exacta que deberá publicarse por orden del OIC, la controversia permanece como un caso emblemático del primer año de vida del nuevo sistema de transparencia.

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