Ciudad De México, 25 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la constitucionalidad de los artículos de la Ley Minera que reservan al Estado la exploración, explotación y aprovechamiento del litio en México. El máximo tribunal resolvió por unanimidad la acción de inconstitucionalidad 78/2022, promovida originalmente por senadores de oposición, cerrando así la vía legal para cuestionar la reserva estratégica de este mineral.
En la sesión celebrada este martes, la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, quien fungió como ponente del proyecto, presentó los argumentos que llevaron al pleno a validar la norma. La resolución confirma que los artículos 1, 5 bis y 10 de la Ley Minera reformada se ajustan a la Constitución, manteniendo la prohibición de otorgar concesiones a particulares para la extracción de este recurso.
Derivado de este fallo, se ratifica la creación de un organismo público descentralizado encargado de la gestión del litio, así como la declaratoria de zonas de reserva minera sobre los yacimientos de este elemento. La Corte determinó que la decisión del legislador de nacionalizar la cadena productiva del litio no vulnera derechos constitucionales ni tratados internacionales.
La acción de inconstitucionalidad había sido impulsada por grupos parlamentarios de oposición que cuestionaban la viabilidad jurídica y económica de la reforma. Sin embargo, los ministros integrantes del pleno rechazaron los planteamientos de los demandantes, alineándose con la postura de que el litio es un recurso estratégico que debe permanecer bajo control gubernamental.
Con esta determinación, el marco jurídico para la industria del litio en México queda definido, blindando la participación exclusiva del Estado frente a posibles intentos de privatización o apertura a la inversión privada en esta materia específica. La ejecutoria pone fin a la controversia constitucional iniciada en 2022.