Bogotá, 22 de junio de 2026.- Durante un panel sobre tendencias electorales en América Latina realizado en esta ciudad, el académico Daniel Zovatto y la magistrada Mónica Soto, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), sostuvieron un intercambio de posturas respecto a la distribución de diputaciones plurinominales tras las elecciones federales de 2024 en México.
Zovatto, experto en procesos electorales, afirmó que Morena obtuvo una mayoría legislativa superior a la reflejada en los resultados de las urnas. “Morena, gracias a una interpretación de los resultados electorales, terminó teniendo un nivel de mayorías significativamente más alto que el que electoralmente le dio”, señaló el académico al referirse a la decisión del TEPJF que confirmó la asignación de escaños para el partido y sus aliados.
En respuesta, la magistrada Mónica Soto defendió la actuación del tribunal y rechazó que existiera una interpretación distinta a la prevista en la Carta Magna. “El Tribunal Electoral aplicó íntegra y textualmente la Constitución. Es un argumento falaz”, declaró Soto, quien sostuvo que la autoridad electoral utilizó la fórmula constitucional empleada durante años en procesos previos.
Zovatto insistió en que la resolución generó un amplio debate público y jurídico, calificando la sentencia como una de las decisiones electorales más controvertidas de los últimos años. Según el experto, la controversia se centró en la interpretación del límite de sobrerrepresentación establecido en el artículo 54 constitucional.
Horas después del encuentro, Zovatto publicó un mensaje en su cuenta de X para detallar sus argumentos. Expuso que la sentencia cerró la vía jurisdiccional y permitió al bloque oficialista impulsar cambios estructurales. “La sentencia cerró la vía jurisdiccional, permitiendo al bloque oficialista de Morena impulsar reformas constitucionales de gran calado y altamente controversiales, aprovechándose de la súper mayoría que le concedió la mencionada sentencia”, escribió.
Por su parte, la magistrada reiteró que la resolución se sustentó en disposiciones constitucionales vigentes y en criterios previamente aplicados por las autoridades electorales mexicanas, manteniendo su postura de que no hubo desviación en el procedimiento legal.